Sustituye diversos artículos del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder JudicialLima, 16 de enero de 1996
La Comisión Ejecutiva del Poder Judicial
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26546, se ha creado la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y se ha aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ de 8 de enero de 1996 su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, es competencia de la Comisión Ejecutiva dictar su propio Reglamento de Organización y Funciones y, por ende, disponer las modificaciones del mismo;
Que, la Comisión Ejecutiva aprobó con fecha 8 de enero de 1996 su Reglamento de Organización y Funciones, el mismo que requiere de ciertas precisiones lo que hace necesario establecer la norma correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26546;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sustitúyase el texto del inciso 5.10 del Artículo 5, y del inciso 7.6 del Artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, de fecha 8 de enero de 1996, bajo los términos siguientes:
"5.10.- Aprobar en el ámbito judicial, los Convenios de Cooperación e Intercambio dentro de la Constitución y las Leyes a nivel internacional y de carácter nacional".
"7.6.- Crear las mesas de partes que permitan la atención de los expedientes judiciales y administrativos, respectivamente".
Artículo 2.- En aplicación del segundo párrafo del Artículo 2 de la Ley Nº 26546, sustitúyase el párrafo inicial del Artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, de fecha 8 de enero de 1996, bajo los términos siguientes:
"Artículo 9.- de acuerdo con el Artículo 2 de la Ley Nº 26546, y en armonía con lo establecido en la Ley Nº 26199 -Ley Marco del Proceso Presupuestario- y de acuerdo con las disposiciones que sobre la materia establezca el Sistema Nacional de Control, el Secretario Ejecutivo, en su calidad de Titular del Pliego, asume las funciones siguientes:
Artículo 3.- Sustitúyase el primer párrafo del Artículo 12 del Reglamento de Organización y funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, de fecha 8 de enero de 1996, bajo los términos siguientes:
"Artículo 12.- El Secretario Ejecutivo establecerá y aprobará por Resolución Administrativa la Estructura Orgánica de la Secretaría Ejecutiva, que comprende la designación de un gabinete técnico, encargado del proceso de reforma, sin perjuicio de los Subsecretarios destinados a gerenciar las diferentes áreas administrativas."
Artículo 4.- El Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N 018-CMEPJ, de fecha 8 de enero de 1996, rige a partir del 11 de enero de 1996.
Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia y será obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
PEDRO IBERICO MAS
LINO RONCALLA VALDIVIA
JOSE DELLEPIANE MASSA
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