LEY Nº 26940
Ley que amplía las facultades de la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 26655
Artículo 1.- Objeto de la Ley
Amplíase las facultades de la Comisión Ad Hoc, creada por la Ley N° 26655 y prorrogada su vigencia por la Ley N° 26895, para conocer, evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República, en forma excepcional, la concesión del beneficio de la conmutación de penas para quienes, habiéndose acogido a los beneficios del Decreto Ley N° 25499, Ley de Arrepentimiento, se encuentren privados de libertad.
Artículo 2.- Fundamentación
La Comisión Ad Hoc establecerá los criterios pertinentes para cumplir los objetivos de la presente Ley, debiendo sustentar por escrito los fundamentos de sus recomendaciones.
Artículo 3.- Atribuciones
La Comisión Ad Hoc gozará de las mismas atribuciones establecidas en el Artículo 5 de la Ley N° 26655 para el cumplimiento de las funciones encomendadas en la presente Ley.
Artículo 4.- De la Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora creada por Decreto Supremo N° 015-93-JUS prestará todo su apoyo a la Comisión Ad Hoc para el cumplimiento de sus funciones.
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- Vigencia
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1998, el plazo de vigencia de la Comisión Ad Hoc, creada por Ley Nº 26655.
Segunda.- Disposición derogatoria
Deróganse o modifícanse las normas que se opongan a la presente Ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinte días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
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