Ley No. 27571
Promulgada el 04.DICIEMBRE.2001
Publicada el 05.DICIEMBRE.2001
Ley No. 27571
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 51°
DE LA LEY N° 27337, CÓDIGO DE LOS
NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo único.- Modifica artículo 51° de la Ley N° 27337, Código de los Niños y Adolescentes
Modifícase el artículo 51° de la Ley N° 27337, Código de los Niños y Adolescentes, en los términos siguientes:
‘Artículo 51°.- Edades requeridas para trabajar en determinadas actividades
Las edades mínimas requeridas para autorizar el trabajo de los adolescentes son las siguientes:
- Para el caso del trabajo por cuenta ajena o que se preste en relación de dependencia:
- Quince años para labores agrícolas no industriales;
- Dieciséis años para labores industriales, comerciales o mineras; y
- Diecisiete años para labores de pesca industrial.
- Para el caso de las demás modalidades de trabajo la edad mínima es de catorce años. Por excepción se concederá autorización a partir de los doce años, siempre que las labores a realizar no perjudiquen su salud o desarrollo, ni interfieran o limiten su asistencia a los centros educativos y permitan su participación en programas de orientación o formación profesional.
Se presume que los adolescentes están autorizados por sus padres o responsables para trabajar cuando habiten con ellos, salvo manifestación expresa en contrario de los mismos.’
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de noviembre de dos mil uno.
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCIA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil uno.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO OLIVERA VEGA
Ministro de Justicia
LUIZ DORIS SANCHEZ PINEDO
Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
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