Sentencia C-1175/04
La Corte declaró inconstitucional el artículo 152 (parcial) del Decreto Ley 1355 de 1970 – Código Nacional de Policía -, el cual establecía que un miembro del Comité de Clasificación de Películas sea un representante de la Curia Arquidiocesana de Bogotá.
Para la Corte, en el ordenamiento constitucional colombiano existe una separación entre el Estado y las iglesias, en razón de la adopción de un modelo de Estado laico, que implica una estricta neutralidad en materia religiosa, como única forma de garantizar el pluralismo, la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas. En ese sentido, la Corte señaló que “la religión católica, como el resto de confesiones religiosas reconocidas en Colombia, como también cualquier grupo legítimamente conformado, (tiene) el derecho de participar en los asuntos de interés general y en los de su interés propio; lo que no tienen, cualquiera de estos grupos - incluidas por supuesto las confesiones religiosas -, es un derecho a participar que, como se expresó antes, brinde la oportunidad de imponer en la sociedad su visión y el valor de la doctrina que pregonan”.
Esta Página Web ha sido elaborada por la Comisión Andina de Juristas. Agradeceremos sus sugerencias y comentarios al E-mail: rij@cajpe.org.pe