Perú
Sentencia del Tribunal Constitucional (Expediente 825-2003-AA/TC, caso Martha Chávez Cossio), publicada el 14 de octubre del 2003:
La congresista Martha Chávez presentó una demanda de amparo contra el Presidente del Congreso y su Consejo Directivo por considerar amenazado su derecho al debido proceso y otros derechos reconocidos en el Reglamento del Congreso, en el proceso de acusación constitucional sobre los supuestos vínculos de la demandante con el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos.
En primera y segunda instancia la demanda fue declarada improcedente al considerarse que la vulneración de los derechos devino en irreparable con la expedición por el Congreso de la Resolución Legislativa que suspendió a la demandante en el ejercicio de sus funciones como congresista de la República.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional revocó la decisión de declarar improcedente el amparo. En sus argumentos señaló que la concreción de una amenaza no conlleva la irreparabilidad del derecho, pues aún subsiste la posibilidad de pronunciarse sobre si existe una vulneración al mismo. En consecuencia, ordenó al juez de primera instancia que admita la demanda y la tramite de acuerdo a ley.
Existen votos singulares sobre este tema. Dos Magistrados se pronunciaron sobre el fondo del asunto y consideraron que la demanda debió declararse infundada pues consideran que no existió un estado de indefensión de la recurrente al no acudir al Congreso para ejercer su defensa en el proceso de acusación constitucional, pues pudo ejercer este derecho por medios escritos o por la designación de un abogado defensor. De otro lado, un magistrado se pronunció por declarar nulo todo lo actuado, debiendo el juez de la causa notificar a la demandante para que subsane la omisión de no señalar expresamente el nombre de algunos de los demandados.