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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Derechos de las personas con discapacidad

Perú

- Sentencia del Tribunal Constitucional (Expediente 1624-2002-AA/TC, caso Salvador Fernández), publicada el 30 de junio del 2004.

Una persona presentó una demanda de amparo con el fin de que se le deje proteger, asistir y defender los derechos de una persona imposibilitada de valerse por sí misma, pues mediante una denuncia por el delito de secuestro y otros actos, el demandado pretende impedir que defienda los intereses de su familiar.

El Tribunal declaró fundada la demanda en base al al artículo 7º de la Constitución, que establece que toda persona “incapacitada de velar por sí misma”, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen de protección y atención. Al respecto, señaló que “existe el deber de amparar a las personas incapaces de valerse por sí mismas especialmente para el disfrute de los derechos que el Título I de la Constitución otorga a todos los ciudadanos; por consiguiente, el respeto y la dignidad de la persona discapacitada, así como su autonomía e igualdad de oportunidades deben quedar garantizados, en el presente caso, permitiendo que el demandante cuide y proteja a la persona discapacitada, y el libre ejercicio de las facultades de representación otorgadas, por cuanto toda persona con discapacidad física debe gozar hasta el máximo grado de viabilidad de los mismos derechos de los que las demás personas gozan”.

Texto de la sentencia


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