- Sentencia del expediente 2798-04-HC/TC (caso Gabriel Orlando Vera Navarrete), publicada el 10 de febrero del 2005.
Una persona presentó un hábeas corpus a fin de que se ordene su inmediata excarcelación por exceso del plazo de detención previsto en el artículo 137º del Código Procesal Penal. En este caso el demandante se encontraba siendo procesado por diferentes delitos, varios de ellos presuntamente cometidos como integrante del grupo paramilitar denominado Grupo Colina, razón por la cual el Tribunal aprovechó la oportunidad para precisar aspectos relacionados con las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos y las investigaciones del delito de desaparición forzada de personas, empleando la definición que sobre este crimen se encuentra en la Convención Interamericana sobre la materia y en el Estatuto de la Corte Penal Internacional.
Sobre el fondo del asunto el Tribunal analizó cada uno de los procesos que se le sigue al demandante y constata que los mismos han sido acumulados, a partir de lo cual estableció como un precedente de observancia obligatoria que "la acumulación de procesos (...) no puede tener como consecuencia que, para efectos de contabilizar el cumplimiento del plazo máximo de la detención, se tome en cuenta únicamente el mandato de detención dictado en el proceso más antiguo, sino más bien que deben ser tomados en cuenta los mandatos de detención dictados en cada uno de los procesos que se siguen en su contra" (fundamento jurídico 32).
En atención a este fundamento y al cómputo de los plazos de detención en cada uno de los procesos acumulados, el Tribunal declaró infundada la demanda.
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