CONSEJO PERMANENTE
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS


OEA/Ser.G
CP/RES. 704 (1129/97)
24 julio 1997
Original: español

CONDICIÓN JURÍDICA EN LA OEA DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

EL CONSEJO PERMANENTE,

VISTO el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos sobre el status en la OEA de las organizaciones no gubernamentales (ONG) (CP/doc.2946/97 corr.1);

TENIENDO EN CUENTA las Normas sobre relaciones de cooperación entre la OEA y las Naciones Unidas, sus organismos especializados, y otros organismos nacionales e internacionales y las Normas sobre Conferencias Especializadas Interamericanas que otorgan una condición jurídica en la OEA a las organizaciones no gubernamentales y rigen las relaciones entre ellas y la Organización;

RECONOCIENDO:

Que muchas organizaciones no gubernamentales efectúan valiosas contribuciones a la Organización;

Que en las mencionadas Normas se otorga condición jurídica en la OEA a las organizaciones no gubernamentales, con la debida flexibilidad;

Que la Cumbre de las Américas, la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible y los programas interamericanos reconocen el importante papel que desempeñan las organizaciones no gubernamentales; y

CONSIDERANDO que el Grupo de Trabajo ha cumplido su mandato, pero que no obstante resulta útil asegurar la coherencia y la ampliación de las relaciones entre la OEA y las organizaciones no gubernamentales, 

RESUELVE:

1. Felicitar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos y a su Grupo de Trabajo encargado de estudiar la posibilidad de otorgar status en la OEA a las organizaciones no gubernamentales por haber cumplido su mandato y expresar su reconocimiento particular al presidente de dicho Grupo de Trabajo.

2. Encomendar a la Secretaría General lo siguiente:

a. preparar y presentar al Consejo Permanente, directrices prácticas para asegurar la coherencia y la ampliación de las relaciones entre la Secretaría General de la OEA y las organizaciones no gubernamentales, que incluyan:

i. la definición de criterios de selección sobre la participación de las organizaciones no gubernamentales en los programas, proyectos y actividades;

ii. el financiamiento; y

iii. la difusión de documentos.

b. presentar al Consejo Permanente y a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CEPCIDI) un informe por escrito que indique las formas de mejorar las relaciones entre la Secretaría General de la OEA y las organizaciones no gubernamentales y el papel del Departamento de Información Pública en este proceso; y

c. preparar y actualizar periódicamente un registro de organizaciones no gubernamentales con las cuales la OEA mantiene relaciones e informar al Consejo Permanente y a la CEPCIDI sobre el cumplimiento del presente mandato.

3. Transmitir la presente resolución a la CEPCIDI y solicitarle información en cuestiones relacionadas con las organizaciones no gubernamentales a fin de asegurar la debida coordinación.

4. Transmitir a la CEPCIDI el proyecto de directrices preparadas conforme al punto resolutivo 2 supra.