CONSEJO PERMANENTE

OEA/Ser.G
CP/doc.2946/97
11 julio 1997
Original: inglés

INFORME DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS SOBRE EL STATUS DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES EN LA OEA

Este documento se distribuye a las misiones permanentes y será presentado al Consejo Permanente de la Organización

El Grupo de Trabajo encargado de estudiar la posibilidad de otorgar status en la OEA a las organizaciones no gubernamentales (ONG) presentó el 20 de marzo de 1997 un informe sobre el tema a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos./ La Comisión consideró el informe, en particular sus recomendaciones, que decidió hacer suyas con las pequeñas modificaciones reflejadas en el proyecto de resolución que se presenta al Consejo Permanente para consideración y eventual adopción.

De conformidad con la decisión adoptada por el Consejo Permanente el 9 de mayo de 1994, la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos tiene el agrado de presentar al Consejo Permanente el presente informe y el correspondiente proyecto de resolución.

23 de mayo de 1997

ANEXO I

CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS

OEA/Ser.G
CP/CAJP-1156/97
4 febrero 1997
Original: inglés

Grupo de Trabajo encargado de estudiar la posibilidad de otorgar status en la OEA a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG)

INFORME GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE ESTUDIAR LA POSIBILIDAD DE OTORGAR STATUS A LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG) EN LA OEA INFORME GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE ESTUDIAR LA POSIBILIDAD DE OTORGAR STATUS A LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG) EN LA OEA

I. ANTECEDENTES

El 11 de julio de 1994, la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) de la Organización de los Estados Americanos estableció el Grupo de Trabajo encargado de estudiar la posibilidad de otorgar status a las organizaciones no gubernamentales (ONG) en la OEA, con base en una solicitud de la Misión Permanente del Canadá que pidió que el Consejo Permanente considerara el tema "Estudio de la posibilidad de otorgar status en la OEA a las organizaciones no gubernamentales (ONG)./ En una reunión anterior, el 9 de mayo de 1994, el Consejo Permanente había considerado esta solicitud y decidió transmitirla a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos.

II. ACTUACIONES

II.1 Reuniones y objetivo

El Grupo de Trabajo celebró una serie de reuniones, entre el 18 de julio de 1994 y el 10 de octubre de 1996. En un esfuerzo por determinar el tipo de participación que tendrían las ONG en las reuniones, programas y otras actividades de la Organización, el Grupo de Trabajo invitó a sus sesiones a los jefes de varias áreas de la Secretaría General y de los órganos, organismos y entidades de la Organización. Asimismo, el Grupo consideró beneficioso, a modo de comparación, conocer sobre la relación que existe entre las ONG y otras organizaciones del sistema interamericano y del sistema de las Naciones Unidas. El objetivo consistió en determinar, con base en la información recopilada, cuál era el status de las ONG en la Organización, qué criterio regía este status, si había necesidad de mejorar las relaciones de la OEA y las ONG y, si ese fuere el caso, cómo podría lograrse esta meta y, de concederle un status, cuál debería ser.

II.2 Documentación

A pedido del Grupo de Trabajo, la Secretaría General suministró información sobre las relaciones de las ONG con la OEA y otras organizaciones internacionales, en especial con las Naciones Unidas (ONU), y preparó los siguientes documentos:

— Organizaciones no gubernamentales con las cuales la Organización de los Estados Americanos ha establecido relaciones de cooperación (CP/CAJP-962/94), al cual se anexan las Normas sobre relaciones de cooperación entre la OEA y las Naciones Unidas, sus organismos especializados, y otros organismos nacionales e internacionales (AG/RES. 57 (I-O/71)).

— Cuadro comparativo de los derechos de las organizaciones no gubernamentales en las conferencias de las Naciones Unidas, incluido en el documento CP/CAJP-1005/95.

Asimismo, la Secretaría General informó al Grupo de Trabajo sobre el interés tradicional que ha tenido la OEA en establecer relaciones con las organizaciones no gubernamentales, la cual se remonta a 1948, cuando el artículo 53 (d) de la Carta de la OEA de ese año, estableció como una función del Consejo de la Organización, "Celebrar acuerdos o arreglos especiales de cooperación con otros organismos americanos de reconocida autoridad internacional". En 1949, el Consejo aprobó las primeras Normas para la celebración de acuerdos o arreglos especiales entre el Consejo y sus órganos y organizaciones no gubernamentales. Estas primeras normas fueron revisadas y simplificadas varias veces, hasta que finalmente la Asamblea General de la Organización, en 1971, aprobó las Normas sobre relaciones de cooperación, contenidas en la resolución AG/RES. 57 (I-O/71), citada anteriormente. Los artículos 13 al 22 de estas Normas se refieren a las relaciones con organizaciones no gubernamentales.

El artículo 13 dispone que se pueden establecer relaciones con las ONG

... cuyos objetivos y actividades sean compatibles con los principios y propósitos de la Organización ...y que pueden ser de carácter general o especial.

Los artículos 14 al 17 se refieren a las relaciones generales con las ONG, las cuales pueden establecerse a iniciativa de cualquiera de los órganos de la Organización, del Secretario General, o de las ONG interesadas. En estas relaciones generales, las ONG responden a solicitudes y proporcionan servicios de asesoría a la OEA en asuntos dentro de su ámbito de competencia, y difunden entre sus miembros información proporcionada por la OEA sobre sus objetivos y actividades. Estas relaciones también permiten el intercambio de documentos y publicaciones, consultas por escrito sobre asuntos de interés común, e invitaciones mutuas a reuniones dentro de los reglamentos de cada reunión. La OEA ha establecido relaciones generales de cooperación con unas cien ONG.

Se han establecido relaciones especiales de cooperación (artículos 18 al 22 de las Normas) entre las áreas técnicas y numerosas ONG, permitiendo la ejecución de programas en nombre de la OEA, la realización de proyectos conjuntos y la contribución de recursos técnicos, administrativos o financieros para los programas de la OEA. A pesar de que ha habido centenares de instancias de este tipo de relaciones especiales, hasta la fecha no existe una lista completa de las ONG relevantes.

Todos los años varias organizaciones no gubernamentales asisten al período ordinario de sesiones de la Asamblea General como invitados especiales, de conformidad con el Reglamento de la Asamblea.

Con respecto a las Conferencias Especializadas, el artículo 11 de las Normas sobre Conferencias Especializadas Interamericanas (resolución AG/RES. 85 (II-O/72)), prevé la participación de las ONG en los siguientes términos:

Sin perjuicio de los casos previstos en instrumentos constitutivos que establezcan regímenes especiales, podrán acreditar observadores a las Conferencias Especializadas:

c. Los organismos internacionales o nacionales que mantengan relaciones de cooperación con la Organización o con el Organismo Especializado Interamericano bajo cuya iniciativa se celebre la conferencia, o, fuera de estos casos, cuando así lo decida expresamente el órgano que convoque la conferencia.

Conforme a los términos generales de la resolución AG/RES. 85 (II-O/72), las Conferencias Especializadas y las diversas reuniones técnicas y especiales han formulado reglamentos más detallados de acuerdo con sus respectivas necesidades.

Asimismo, el Presidente informó al Grupo de Trabajo que la ONU acaba de finalizar un proceso de tres años de estudio que condujo a la adopción de un nuevo sistema que regula la participación de las ONG. El Presidente consideró aconsejable tomar en cuenta estas normas de la ONU.

II.3 Relaciones con las ONG

Las ONG participan no sólo en las Conferencias Especializadas sino también en las reuniones técnicas y extraordinarias de la OEA. El Grupo de Trabajo consideró conveniente formular recomendaciones útiles para asegurar una práctica coherente. Eventos recientes, tales como la Conferencia Regional sobre Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad,/ la Reunión de Expertos en Materia de Tecnologías Ambientalmente Sanas para la Pequeña y Mediana Empresa,/ la Conferencia Especializada sobre el Proyecto de Convención Interamericana contra la Corrupción,/ la Conferencia Especializada Interamericana sobre Terrorismo,/ y la Primera Reunión Extraordinaria del Grupo de Trabajo sobre Cooperación a la Conferencia Cumbre sobre Desarrollo Sostenible,/ son ejemplos de reuniones en que las ONG participaron y que pueden tomarse en consideración.

A invitación de la presidencia, varias personas de la Secretaría General y de otros órganos, organismos y entidades de la Organización y del sistema interamericano hicieron presentaciones al Grupo de Trabajo sobre sus relaciones con las ONG.

II.3.i Secretaría General

18 de julio de 1994

Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente: El Sr. Kirk P. Rodgers, Director del Departamento, señaló que había "relaciones de cooperación muy provechosas y duraderas" con las ONG y describió tres tipos básicos de relaciones: contratos para funciones específicas, que están aumentando rápidamente con ONG locales; acuerdos de cofinanciación (las ONG contribuyen con dinero, personal u otros servicios); y consultas en temas pertinentes.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): El Sr. David Padilla, Secretario Ejecutivo Adjunto, explicó las funciones especializadas que desempeñan las ONG en colaboración con la CIDH en los procesos de peticiones, la presentación de casos individuales y situaciones generales, compilación de datos para visitas in situ, opiniones jurídicas y prestación de asistencia técnica y financiamiento. Señaló que "la gran interacción entre la Comisión y las ONG ... ha servido para ampliar la capacidad de la Comisión a la hora de cumplir con sus objetivos de promover y proteger los derechos humanos".

22 de abril de 1996

Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD): El Sr. David Beall, Secretario Ejecutivo, manifestó que, con base en las Normas sobre Relaciones de Cooperación, la CICAD tiene relaciones formales e informales con aproximadamente 27 ONG en la actualidad, y señaló que las ONG tienen muy buena información local y son por tanto fundamentales para el buen funcionamiento de los programas en las comunidades. La CICAD se propone continuar trabajando de cerca con las ONG.

Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI): El Sr. Leonel Zúñiga, Secretario Ejecutivo Interino, examinó el papel que podrían jugar las ONG en el CIDI una vez que éste comience a funcionar. Al respecto, sugirió que las ONG regionales vinculadas con la actividad de cooperación podrían participar en condición de observadores en las reuniones ministeriales y las comisiones no permanentes del CIDI. También señaló que las ONG podrían auxiliar en proyectos llevados a cabo por la Secretaría, aprovechando así los valiosos recursos humanos que tienen a nivel de las comunidades.

Oficina del Secretario General, Relaciones Públicas: El Sr. Thomas Bruce, Asesor Especial del Secretario General para Comunicaciones Externas, habló ante el Grupo de las formas en que la tecnología moderna, en particular el uso de la Internet, podría transformar las relaciones OEA/ONG y la actividad de divulgación de la OEA. Señaló que un mayor diálogo entre la OEA y las ONG podría proporcionar a la OEA tanto un público para sus propias actividades como una oportunidad para apreciar mejor lo que se hace en el campo. Sugirió asimismo que, por medio de la Internet y de boletines y folletos, la OEA podría establecer un centro de intercambio de información. El Asesor Especial también informó al grupo que la página de la OEA en la Internet tiene ahora más de 3.000 subscriptores mensuales.

II.3.ii Otras organizaciones del sistema interamericano

29 de abril de 1996

Organización Panamericana de la Salud (OPS): El Sr. David Brandling-Bennett, Subdirector, informó que la Constitución de la OPS le permite hacer arreglos de "consulta y cooperación" con las ONG para realizar su labor internacional en el campo de la salud y que en 1995 los Estados miembros de la OPS adoptaron un documento titulado 'Principios rectores de las relaciones entre la Organización Panamericana de la Salud y las organizaciones no gubernamentales', que define los criterios y procedimientos para trabajo formal con las ONG. La OPS tiene una larga historia de relaciones oficiales con ONG que prestan asistencia técnica y adiestramiento y realizan investigaciones, y esa relación está creciendo. El Subdirector señaló el objetivo específico de la OPS de promover mayor cooperación y diálogo entre los gobiernos y las ONG para respaldar mejores medios de prestar cooperación técnica y apoyo programático; fomentar el intercambio de información y experiencia entre las ONG y los gobiernos; relacionar los servicios gobierno-ONG a fin de evitar duplicación y desperdicio de recursos; y suministrar capacitación técnica y desarrollar planes de acción nacionales para colaboración entre los gobiernos y las ONG.

Banco Interamericano de Desarrollo (BID): La Sra. Nan Burroughs, Oficial de Asuntos Gubernamentales, Oficina de Asuntos Externos, señaló que si bien no hay una política institucional ni procedimientos establecidos sobre colaboración con las ONG, en toda la institución se mantienen vínculos que cada vez son mayores. Además, se han establecido medidas para facilitar dichas relaciones, por ejemplo, la Internet y un nuevo Centro de Información Pública, que permiten al público tener acceso a la documentación del Banco.

III. CONCLUSIONES

A la fecha, el Grupo de Trabajo ha completado un importante trabajo y tiene el agrado de presentar el presente informe para consideración de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos.

1. El Grupo de Trabajo reconoció las valiosas contribuciones de las ONG a la Organización.

2. El Grupo de Trabajo reconoció que las ONG tienen ya un status en la OEA regido por las Normas sobre relaciones de cooperación y las Normas sobre Conferencias Especializadas Interamericanas, antes mencionadas.

3. El Grupo de Trabajo examinó detenidamente el marco legal existente y determinó que, si bien son de índole general, dichas Normas permiten la participación de las ONG en las reuniones de la OEA y no necesitan modificación.

4. El Grupo de Trabajo reconoció, no obstante, la utilidad de definir recomendaciones prácticas para asegurar prácticas congruentes y perfeccionar las relaciones entre la OEA y las ONG.

i. Entre estas recomendaciones figuraría la consideración por los Estados miembros de lo siguiente:

a. definición de criterios de selección con respecto a la participación de las ONG en los programas, proyectos y actividades:

b. financiamiento; y

c. difusión de documentos.

ii. El Grupo de Trabajo recomienda que la Secretaría General examine lo siguiente:

a. el establecimiento y la actualización periódica de un registro de ONG con las cuales la OEA mantiene relaciones; y

b. el mejoramiento de las relaciones entre la OEA y las ONG mediante un programa beneficioso para ambas partes de compartir información en forma regular, que sería facilitado por el Departamento de Información Pública. Debe contarse con una estrategia de información pública que pueda servir, inter alia, para promover el conocimiento de la OEA, permitir a las ONG que no han mantenido relaciones con la OEA que las establezca y facilitarle a la OEA un acceso más eficaz a las ONG.

5. El Grupo de Trabajo considera que ha cumplido su mandato y recomienda, a la luz de su experiencia con el tema, proceder para tratar los asuntos pendientes antes mencionados.

4 de febrero de 1997

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

CONDICIÓN JURÍDICA EN LA OEA DE LASORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

VISTO el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos sobre el status en la OEA de las organizaciones no gubernamentales (ONG) (CP/doc. ... /97);

TENIENDO EN CUENTA las Normas sobre relaciones de cooperación entre la OEA y las Naciones Unidas, sus organismos especializados, y otros organismos nacionales e internacionales y las Normas sobre Conferencias Especializadas Interamericanas que otorgan una condición jurídica en la OEA a las organizaciones no gubernamentales y rigen las relaciones entre ellas y la Organización;

RECONOCIENDO:

Que muchas organizaciones no gubernamentales efectúan valiosas contribuciones a la Organización;

Que en las mencionadas Normas se otorga condición jurídica en la OEA a las organizaciones no gubernamentales, con la debida flexibilidad;

Que la Cumbre de las Américas, la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible y los programas interamericanos reconocen el importante papel que desempeñan las organizaciones no gubernamentales; y

CONSIDERANDO que el Grupo de Trabajo ha cumplido su mandato, pero que no obstante resulta útil asegurar la coherencia y la ampliación de las relaciones entre la OEA y las organizaciones no gubernamentales,

RESUELVE:

1. Felicitar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos y a su Grupo de Trabajo encargado de estudiar la posibilidad de otorgar status en la OEA a las organizaciones no gubernamentales por haber cumplido su mandato y expresar su reconocimiento particular al presidente de dicho Grupo de Trabajo.

2. Encomendar a la Secretaría General lo siguiente:

a. preparar y presentar al Consejo Permanente, directrices prácticas para asegurar la coherencia y la ampliación de las relaciones entre la Secretaría General de la OEA y las organizaciones no gubernamentales, que incluyan:

i. la definición de criterios de selección sobre la participación de las organizaciones no gubernamentales en los programas, proyectos y actividades;

ii. el financiamiento; y

iii. la difusión de documentos.

b. presentar al Consejo Permanente y a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CEPCIDI) un informe por escrito que indique las formas de mejorar las relaciones entre la Secretaría General de la OEA y las organizaciones no gubernamentales y el papel del Departamento de Información Pública en este proceso; y

c. preparar y actualizar periódicamente un registro de organizaciones no gubernamentales con las cuales la OEA mantiene relaciones e informar al Consejo Permanente y a la CEPCIDI sobre el cumplimiento del presente mandato.

3. Transmitir la presente resolución a la CEPCIDI y solicitarle información y asesoramiento en cuestiones relacionadas con las organizaciones no gubernamentales a fin de asegurar la debida coordinación.

5. Transmitir a la CEPCIDI el proyecto de directrices preparadas conforme al punto resolutivo 2 supra.