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Fuente: http://www.cmi.com.co |
La Comisión Andina de Juristas es una organización internacional con 25 años de existencia, que trabaja por el fortalecimiento de los Estados, la vigencia de los derechos humanos y los principios democráticos.
En su labor, se ha preocupado por promover la protección de aquellos grupos de personas que, por su situación de vulnerabilidad, deben ser merecedores de especial protección. En ese sentido, a través de esta comunicación demostramos nuestra preocupación por la situación de la juventud y sus derechos, y proponemos algunas medidas inmediatas que los Estados deberían adoptar:
1. América es un continente joven(1), más de la mitad de su población tiene entre 0 y 14 años, y un tercio de la misma tiene entre 14 y 29 años. En el caso de la región andina, se calcula que en el 2005, la región andina tenía 131,954,764 habitantes, de los cuales 35,362,566 personas eran jóvenes, lo que representa el 26.80% del total de la población de la región. De esos jóvenes; el 47.23% son mujeres. La región andina es, en general, una región joven, donde más del 50% de su población tiene entre 0 y 29 años.
2. La juventud es el grupo etario que más ha sufrido grandes cambios de la historia. En la actualidad, es la que soporta -a costa de su fragmentación y diversificación de intereses y roles: l a globalización; el aumento del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones; la propagación del virus de la inmunodeficiencia humana y del síndrome de la inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA); los conflictos armados, participando como víctimas y perpetradores; y, la creciente importancia de las relaciones inter-generacionales en una sociedad mundial en proceso de envejecimiento.
3. Pese a esto, la juventud no es atendida en sus especificidades. Por ejemplo, está probado que los y las jóvenes: cuentan con más acceso a educación, pero menos acceso a empleo; más acceso a información, aunque con menos acceso a espacios de poder; más expectativas de autonomía, pero con pocas opciones para materializarla; están mejor provistos de salud, pero se reconoce menos su morbimortalidad específica; son más prolíferos en la generación de identidades, y por ende más segmentados en comunicación; son más aptos para el cambio productivo, pero también están más excluidos del mismo; ostenta un lugar ambiguo entre receptores de políticas y protagonistas del cambio; se desarrollan entre la expansión del consumo simbólico y la restricción en el consumo material (lo que brinda posibilidades de movilidad social); y, finalmente, sufren los efectos de poseer mayor autodeterminación y protagonismo (individualización de sus ciclos vitales y mayores espacios de libertad), por una parte, y precariedad y desmovilización (no son sujetos de derecho y participan limitadamente)(2).
4. La juventud puede y debe ser reconocida como sujeto de derecho, para asegurar la adecuada atención a los derechos específicos que caracterizan su objetivo de autonomía social, su morbimortalidad y sus relaciones interpersonales y sociales. En ese sentido, proponemos:
a. Que la OEA promueva ante los países habilitados, la ratificación de la Convención Iberoamericana de los Derechos de la Juventud , primer tratado internacional que reconoce derechos específicos para los y las jóvenes , y responde a una filosofía y a unos instrumentos jurídicos creados en el marco de una cultura universal de respeto a la libertad, la paz y los derechos humanos. En este sentido se a integra a esa cultura y la precisa en su aplicación para hacer que los jóvenes sean sujetos reales, específicos y concretos de derechos, que guarden especial relación con la formación de su identidad y el desarrollo de su personalidad y de sus valores.
b. Solicitar a la Comisión Interamericana cree una relatoría para evaluar la situación de los derechos de la juventud. Especialmente, con relación a los derechos relacionados con el logro de su autonomía y el cuidado de su morbilidad específica.
5. Un problema latente en la región es el desorden y decaimiento de la institucionalidad estatal relacionada con los derechos del a Juventud. En los a última década, se crearon en la mayoría de países americanos órganos específicos para coordinar, articular o implementar políticas específicas de juventud. No obstante, esta institucionalidad viene siendo paulatinamente desmantelada o recortada en sus funciones. En ese sentido, proponemos:
a. Solicitar a los Estados de la región a fortalecer a los órganos de juventud como órganos articuladores de las políticas públicas sectoriales a la política de juventud. A los países que no cuenten con una política de juventud, se les conmina a adoptarla
b. A todos los Estados, a evaluar y adecuar sus políticas públicas relacionadas a la juventud, en especial las específicas, desde un enfoque de derechos humanos, sobre la base de los estándares internacionales de derechos humanos. Para tal fin, la CAJ pone a disposición de los Estados una propuesta de indicadores de progreso en la protección de los derechos de la juventud.
c. Promover el intercambio de buenas prácticas gubernamentales sobre políticas públicas entre los órganos de juventud.
6. La región y el mundo ha empezado a dar cuenta de la importancia de la juventud, pero debe hacerlo reconociendo su existencia en la actualidad. No debe vérsela como “generación futura”, sino como un actor social actual, como sujeto de derechos con particulares y urgencias que necesitan respuesta desde el Estado en la actualidad.
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