Tipología sobre las situaciones que con mayor frecuencia vulneran los
derechos humanos de la mujer
IV Derechos Económicos, Sociales y Culturales
4.6 Derecho a la seguridad social
4.6.2 Alcance y contenido
El derecho a la seguridad social tiene un eminente sentido programático y prestacional en el entendido de que depende para su realización de los recursos materiales necesarios.
Este derecho establece una esfera de protección de las personas a través del reconocimiento y otorgamiento de beneficios tales como, atención médica, el subsidio o pensión por accidentes laborales o por enfermedad profesional, la jubilación por razones de edad, las prestaciones para los dependientes en caso de fallecimiento del titular del derecho.
La desprotección de la mujer en relación a la seguridad social constituye una violación del derecho a la igualdad ante la ley de acuerdo al artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1)
COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS Observación general n° 28, Igualdad de derechos entre hombres y mujeres, (artículo 3), 29/3/2000, CCPR, párrafo 31.