Tipología sobre las situaciones que con mayor frecuencia vulneran los
derechos humanos de la mujer
IV Derechos Económicos, Sociales y Culturales
4.1 Derecho a la salud
4.1.1 Instrumentos internacionales de protección
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Derecho a la salud |
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Sistema universal |
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Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) |
Artículo 25 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. |
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Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) |
Artículo 12
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. |
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Convención Internacional para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (1979) |
Artículo 11
(…)
(…) |
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Convención Internacional para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (1979) |
Artículo 12
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.
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Derecho a la salud |
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Sistema interamericano |
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Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948) |
Artículo XI.
Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad. |
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Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador" (1988)
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Artículo 10 Derecho a la Salud
1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. (…) |