Tipología sobre las situaciones que con mayor frecuencia vulneran los
derechos humanos de la mujer
III Derechos civiles y políticos
3.1 Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica
El contenido de este derecho se basa en el reconocimiento de cada persona como sujeto de derechos y obligaciones.
Al respecto, el Comité de Derechos Humanos afirma que "es particularmente pertinente en el caso de la mujer, que suele verlo vulnerado en razón de su sexo o de su estado civil. Este derecho supone que no se puede restringir en razón del estado civil o por otra causa discriminatoria de la capacidad de la mujer para ejercer el derecho de propiedad, celebrar un contrato o ejercer otros derechos civiles. Supone también que la mujer no puede ser tratada como un objeto que se entrega a la familia junto con la propiedad del marido difunto" (1).
(1) Comité De Derechos Humanos Observación General N° 28, Igualdad de derechos entre hombres y mujeres, (artículo 3) 29/03/2000, párrafo 19.