Red de Información Jurídica
Situación de las personas detenidas en Guantánamo
7 de Octubre del 2001: inicio de las operaciones militares estadounidenses en Afganistán.
Desde entonces, miles de personas han sido detenidas por las fuerzas anti talibanes y por las fuerzas armadas estadounidenses.
Se ha detenido tanto a talibanes como a miembros de la organización al-Qaeda.
Muchas personas capturadas están bajo custodia de las nuevas autoridades afganas.
El mayor grupo de detenidos está bajo custodia afgana en la prisión Shiburghan, al oeste de Mazar-i-Sahrif, situada al norte de Afganistán.
Hay decenas de pequeñas prisiones afganas y centros de detención ad hoc distribuidos alrededor de Afganistán.
Las fuerzas armadas estadounidenses han estado interrogando a determinados detenidos, con la finalidad de identificar a aquellas personas que consideran útiles de procesar o detener, y capaces de brindarles información a su servicio de inteligencia.
Estados Unidos ha tomado la custodia de varios cientos de detenidos y los ha transferido a sus propios centros de detención localizados en las afueras de Kandahar, así como también en sus naves, como por ejemplo, el buque USS Peleliu, ubicado en el Golfo de Omán.
A partir de enero, el gobierno estadounidense ha comenzado el traslado a su base militar ubicada en la bahía de Guantánamo, Cuba.
Esta base, ubicada al este de Cuba, ocupa 117.5 kilómetros cuadrados , los cuales fueron cedidos a los Estados Unidos, por el tratado del 23 de febrero de 1903, firmado entre los entonces presidentes, Theodore Roosevelt y Tomás Estrada Palma.
http://www.autentico.org/oa09335.html
La base militar de Guantánamo no es considerada como territorio estadounidense por los servicios de migración.
Según se dice, una de las ventajas de esta base militar, es el hecho de su inaccesibilidad sin la correspondiente autorización de las autoridades militares estadounidenses.
El tratamiento que reciben los detenidos talibanes y de al-Qaeda en Guantánamo, ha sido objeto de controversia internacional.
Según Human Rights Watch, los detenidos están encerrados en celdas con paredes de alambre, con dimensiones de 1,8 por 2,4 metros.
http://www.humanrightswatch.org
Según el Departamento de Defensa estadounidense, hasta el 28 de enero del 2002, existían 482 prisioneros detenidos en Afganistán y en Guantánamo.
La gran controversia se origina en la actitud de los Estados Unidos de no reconocer a los detenidos, la calidad de prisioneros de guerra.
La Tercera Convención de Ginebra, relativa al tratamiento de los Prisioneros de Guerra, detalla la Protección y el tratamiento que se les debe dar a los combatientes capturados en un Conflicto Armado Internacional. Aquellas personas que no tienen el status de prisioneros de guerra, incluidos los denominados "combatientes ilegales"(1), están protegidos sin embargo, por la Cuarta Convención de Ginebra, relativa a la Protección de los civiles en tiempos de guerra.
Estados Unidos ha catalogado a las personas que mantiene bajo custodia como "combatientes ilegales" entre otros.
Esto, para evitar que comparezcan ante cortes marciales, gozando de ciertas prerrogativas de defensa.
Hasta el momento, únicamente se le han otorgado las garantías que establece la Convención de Ginebra para los prisioneros de guerra, a John Wlaker, estadounidense que combatía junto a los talibanes.
Estados Unidos dice que no está obligado a tratarlos bajo la Convención de Ginebra, pero que sin embargo se les trata humanitariamente.
El gobierno estadounidense no los considera prisioneros de guerra pese a que la misma Convención de Ginebra establece la presunción de que todo combatiente capturado es un prisionero de guerra, hasta que un tribunal competente determine su status.
Recientemente el gobierno de Bush ha sugerido que las Convenciones de Ginebra no se aplican a la guerra contra el terrorismo; que su gobierno puede decidir si las personas capturadas son prisioneros de guerra o no; y, que el reconocimiento de tal status puede prevenirlos de ser cuestionados por ofensas criminales.
Si bien los miembros del al-Qaeda quizás no puedan ser calificados como prisioneros de guerra, en caso no reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Convenio III en particular, porque no condujeron sus operaciones de acuerdo con las leyes y costumbres de la guerra, esta situación no significa que se les niegue la protección que les conceden las Convenciones de Ginebra, como es el trato humanitario.
Por su parte, con fecha 13 de marzo de 2002, la Comisión Interamericana de la OEA ordenó a los Estados Unidos que tome urgentemente las medidas necesarias para que los detenidos en Guantánamo tengan un status legal determinado por uin tribunal competente.
(1)Término no reconocido en los tratados de Ginebra.
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