Red de Información Jurídica

PROCESOS JURISDICCIONALES INTERNOS
PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS



Ecuador


Regulación Constitucional

Constitución Política de Ecuador

TITULO II

De los habitantes

Capítulo 6

De las garantías de los derechos

Sección Segunda

Del hábeas data

Art. 94.-

Toda persona tendrá derecho a acceder a los documentos, bancos de datos e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, así como a conocer el uso que se haga de ellos y su propósito.

Podrá solicitar ante el funcionario respectivo, la actualización de los datos o su rectificación, eliminación o anulación, si fueren erróneos o afectaren ilegítimamente sus derechos.

Si la falta de atención causare perjuicio, el afectado podrá demandar indemnización.

La ley establecerá un procedimiento especial para acceder a los datos personales que consten en los archivos relacionados con la defensa nacional.

Normas constitucionales conexas

Art. 276.- Competerá al Tribunal Constitucional:

(...)

3. Conocer las resoluciones que denieguen el hábeas corpus, el hábeas data y el amparo, y los casos de apelación previstos en la acción de amparo.


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