INFORME
PLAN DE REFORMA DE
LA JUSTICIA PENAL
Comisión de Magistrados para la Reestructuración del Poder
Judicial
Grupo de Trabajo Temático de Reforma de la Justicia Penal
PERU - 2003
COMISION DE REFORMA DE LA JUSTICIA PENAL
COMISION DE
REESTRUCTURACION DEL PODER JUDICIAL
Integrantes:
Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo, Pablo Talavera
Elguera
Presidente de la Corte Superior de Loreto, Roger Cabrera
Paredes
Presidente de la Corte Superior de Ayacucho, José Donaires
Cuba
COMISION DE MAGISTRADOS PARA LA REESTRUCTURACION DEL PODER JUDICIAL
INFORME FINAL
Lima, 20 de mayo de 2003
A: Presidente de la Comisión de
Reestructuración del Poder Judicial
DE: Comisión
de Reforma de la Justicia Penal de la Comisión de Reestructuración del Poder
Judicial
Tenemos el alto honor de elevar a
vuestra Presidencia el presente informe final denominado “PLAN DE REFORMA DE LA
JUSTICIA PENAL”, elaborado por este Grupo de Trabajo Temático de la Reforma de
la Justicia Penal.
Este documento representa nuestro esfuerzo por proponer un
modelo que se desea para el sistema de justicia penal peruano, tal como fue
concebido por la Comisión para el corto, mediano y largo plazo, y que con el
aporte de los magistrados, abogados, la revisión de antecedentes y la
experiencia comparada, el Grupo de Trabajo Temático que integramos somete el
presente informe y medidas propuestas a consideración del Pleno de la Comisión
de Magistrados para la Reestructuración del Poder Judicial para su aprobación.
Sin embargo, somos conscientes que no es un documento acabado desde el punto de
vista técnico y estratégico.
Gracias a la contribución de los
aportes y críticas de los jueces, funcionarios y abogados de la especialidad y
de los medios de comunicación, se pudo mejorar el documento inicial denominado
“bases para la elaboración del plan estratégico para el cambio de la justicia
penal”. El avance desde el documento inicial a la fecha ha sido significativo,
y como muestra sólo se debe puntualizar que todos los que fueron convocados o
enviaron sus propuestas coinciden en la necesidad de cambio y hay consenso para
que dicha transformación sea refundacional, esto es, pasar de un modelo de
justicia penal a otro.
Como resultado, se registraron avances significativos en
determinación de varios objetivos y
pautas clave de política judicial. Entre muchos otros, éstos incluyen: (i)
reforma de la justicia penal consensuada; (ii) profundo cambio de la cultura judicial;
(iii) visión integral del sistema judicial penal; (iv) enfoque sistémico y
desarrollo de estrategias integrales; (v) apertura a la comunicación de lo que
se está haciendo por la reforma a la ciudadanía y amplio debate o discusión
pública; (vi) estudiar las posibilidades de desarrollar métodos alternativos de
resolución de conflictos en materia penal; y (vii) luego de la implementación
de los primeros cambios, establecer las mejoras que resulten necesarias
introducir en el funcionamiento de la Justicia a través de la investigación de
la opinión de los litigantes, como un medio de satisfacer las expectativas de
los ciudadanos.
En estos tres meses de la Comisión
de Magistrados para la Reestructuración del Poder Judicial, el Grupo de Trabajo
Temático de Reforma de la Justicia Penal ha realizado importantes gestiones
para proveer de los recursos y posibilidades de implementación de la reforma de
procesal penal, así como logrado difundir en diversos medios de prensa las
bases de dicha reforma.
Es una realidad las gestiones del Grupo de Trabajo Temático
de Reforma de la Justicia ante la Agencia Internacional para el Desarrolllo de
los Estados Unidos de América, que ha dado lugar a que se suscriba un Convenio
o Acuerdo de Entendimiento para la cooperación técnica de USAID hasta por US$
20’000,000 (VEINTE MILLONES DE DOLARES AMERICANOS) en cinco años, para apoyar
el proceso de reestructuración del Poder Judicial y cuyo énfasis es el área
penal. De modo tal, que en gran medida, y en el corto y mediano plazo, las
acciones previstas en el plan podrán ser implementadas.
También es una realidad la participación del Poder Judicial
en el proceso de cambio del marco normativo, tanto respecto del nuevo Código
Procesal Penal cuanto de la legislación procesal penal vigente. En efecto, a
pedido del Presidente de nuestro grupo de trabajo señor Vocal Superior Pablo
Talavera Elguera se ha constituido la Comisión de Bases de la Reforma Procesal
Penal, integrada por magistrados, profesores y abogados, los que se encargarán
de dar los aportes que institucionalmente conceptúa el Poder Judicial como
esenciales para contar con un modelo contradictorio, racional, ágil y
desformalizado.
Constituye también un logro del proceso de reforma en curso,
el reacondicionamiento y equipamiento que se viene ejecutando en las Salas y
Juzgados del local adyacente al Establecimiento Penitenciario Miguel Castro
Castro, así como el apoyo en equipos de cómputo a diversos órganos
jurisdicionales de la especialidad penal que se viene ejecutando en
coordinación con la Sala Nacional de Terrorismo.
En cuanto a las medidas urgentes para encaminar la
reestructuración en el Poder Judicial, en lo concerniente a la especialidad
penal, se ha logrado la aprobación por el pleno de la Comisión de
Reestructuración del Poder Judicial del programa de descarga procesal: a)
conformación de tribunales unipersonales para resolver las apelaciones de los
procesos sumarios, b) la posibilidad de adicionar un Vocal Superior más en los
distritos judiciales que tengan sobrecarga procesal, c) la conversión de juzgados
para procesos en reserva en juzgados penales, d) la aprobación de un conjunto
de directivas para la celeridad y debida tramitación de los procesos penales, y
e) la progresiva implantación de secretarías especializadas en procesos
reservados y de ejecución.
Otras medidas de corto plazo, necesarias para un cambio de la
justicia penal están constituidas por diversos proyectos de ley, entre los que
destacan: a) modificaciones al artículo 77° del Código de Procedimientos
Penales, b) modificaciones al artículo 5° del Decreto Legislativo N° 124, c)
ley de celeridad de los juicios orales, d) incorporación de los juicios rápidos
por flagrancia y confesión, e) reducción de los plazos de prescripción para los
delitos menos graves, entre otros.
Finalmente, los integrantes del Grupo de Trabajo Temático de
Reforma de Justicia Penal agradecemos al señor Presidente del Poder Judicial
por la confianza depositada, y que esté seguro que estamos dispuestos a seguir
colaborando con la idea de cambio refundacional esbozada en el discurso de
inicio del año judicial y que somos conscientes que un proceso de reforma es
largo y está lleno de obstáculos y carencias, sobre todo económicas,
adversidades que no pueden cortar nuestras ilusiones, sino que nos exigen más,
como en el presente caso, que hemos tratado de volcar nuestra experiencia y el
tratamiento y análisis de la información recopilada.
PABLO TALAVERA ELGUERA
Presidente
Integrante Integrante
PLAN DE REFORMA DE LA JUSTICIA PENAL
MISION:
El Poder Judicial es la institución pública que a través de sus órganos
jurisdiccionales se encarga, entre otras materias, de resolver los conflictos
de naturaleza penal respetando los derechos y libertades públicas de los
ciudadanos garantizadas por la Constitución, en especial de los imputados y las
víctimas, con la finalidad de afirmar el Estado de derecho, la paz y el
desarrollo social.
VISION:
Un
Poder del Estado autónomo, moderno y eficiente, y que en la especialidad penal,
con jueces, independientes, imparciales y probos, haya logrado transformar su
cultura judicial en función de valores, habilidades y actitudes que redunden en
la confianza de los ciudadanos, y dar un buen servicio y la seguridad que los
derechos de los mismos serán protegidos.
Las crecientes demandas sociales de eficiencia, participación y
transparencia pública han puesto sobre el tapete el funcionamiento de la
justicia. Sin duda existe dentro de la administración de justicia una extendida
sensación de crisis: Las nuevas formas de cultura política, una mayor
sensibilidad internacional frente a las violaciones de derechos humanos, la
presión generalizada de los sectores castigados por el terrorismo, la escasez
generalizada de recursos, el nuevo contexto económico mundial, entre otros
factores, han puesto de relieve que el proceso de consolidación y
estabilización de nuestra democracia requiere de una profunda transformación de
la administración de justicia.
Frente
a los urgentes desafíos que la reestructuración del sistema judicial implica,
planteamos un cambio refundacional del mismo, el que debe ser planificado y
consensuado, así como se produzca una profunda transformación cultural
explícitamente formulada. El mejoramiento de la administración de justicia
implica adecuarla tanto a las nuevas condiciones y necesidades cambiantes de la
sociedad como a las nuevas dimensiones de la delincuencia y de la reacción
social contra ella.
Para
el éxito de una reforma judicial entendida en términos institucionales y de
modernización organizacional, se requiere de condiciones necesarias como:
Una reforma que no tome en cuenta la visión enfoque o perpectiva integral
de la reforma, genera un sistema que se deforma de modo imprevisible,
congestionando o colapsando un área por un cambio normativo que no tuvo en
cuenta el impacto jurisdiccional, implementando un sistema informático que no
provea información estadística a la vez, o dejando ocioso a parte del personal
que no es provisto de computadoras, etcétera.
Por ejemplo, no se debería introducir ninguna nueva aplicación
informática en la gestión judicial sin evaluar antes los procesos
asociados.Piensese que los procesos de circulación de un expediente en el
despacho judicial, empleados en la actualidad, se diseñaron cuando las
computadoras nom existían: hoy es posible diseñar un conjunto nuevo de procesos
que se apoyen en las tecnologías de la información, ya que sus mejoras implican
importantes mejoras en las técnicas para organizar y coordinar actividades.
Aunque por desgracia, lo habitual ha sido introducir computadoras para agilizar
el tipeo e impresión de documentos, reemplazando de modo directo a las máquinas
de escribir y poco más. No se conseguirá nunca un aumento sustancial en la
productividad sin pensar desde el primer momento en la posibilidad de rediseñar
los procesos internos de trabajo.
Sin el consenso y la participación activa de los actores principales del
sistema de justicia es imposible reformular el Poder Judicial. La resistencia,
consciente o inconsciente, de los operadores de cualquier sistema hace
naufragar cualquier cambio, por bueno, conveniente o necesario que sea.
La reforma judicial implica un cambio cultural, que debe ser trabajado
explícitamente con plazos y herramientas adecuadas. Se trata de un proceso de
aprendizaje de contenidos procedimentales (cómo hacer determinadas cosas con
determinadas herramientas, difusión de mejores prácticas, etc) y actitudinales
(por ejemplo: cómo gerenciar un despacho judicial, liderar y motivar el
personal, buscar la comunicación con el ciudadano). Intentando sintetizar en
una frase el cambio cultural necesario en la justicia, diríamos que se trata de
que los jueces y personal judicial asuman plenamente su responsabilidad sobre
la gestión del expediente con miras a la pronta y eficiente resolución de los
conflictos.
Deben concebirse acciones y programas articulados armónicamente entre sí,
donde las acciones de corto plazo generen éxitos parciales, que motiven el
impulso del proceso entero.
Impulsar e implementar el cambio del sistema de justicia penal peruano en
cuanto al marco normativo, organizacional, cambio cultural y gestión judicial,
que permita un mejor acceso a la justicia penal con plena independencia de los
jueces y un confiable servicio a los usuarios orientado a la protección de los
derechos fundamentales de los imputados y las víctimas.
1. Planificación y dirección del proceso
de reforma
1.1.
Con la asistencia técnica del
Convenio suscrito con USAID diseñar los
proyectos para el desarrrollo de cada componente del Plan de Reforma de la
Justicia Penal aprobado por la Comisión de Reestructuración del Poder Judicial
(mayo de 2003), y elaborar el plan operativo anual para la modernización del
sistema penal.
1.2.
Analizar e incorporar
sugerencias de expertos, jueces, comunicadores y usuarios, con respecto a
estrategias y actividades de cada componente, por medio de talleres.
1.3.
Constituir una Comisión que se
encargue del impulso, coordinación y monitoreo del proceso de reforma de la
justicia penal (Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional) y un
Equipo de Trabajo que elabore el presupuesto de la reforma penal para su
sustentación técnica ante el Ministerio de Economía y Finanzas.
1.4.
Constituir Comisiones
Distritales de Coordinación Interinstitucional que se encarguen del impulso,
seguimiento y coordinación de la reforma de la justicia penal en los diversos
Distritos Judiciales de la República. Previamente se llevará a cabo una reunión
de coordinación con todos los Presidentes de Corte Superior. Una vez
implementados los diversos componentes del plan de reforma, instituir equipos o
comisiones de evaluación y optimización de la nueva gestión.
1.5.
Capacitar a los jueces, y en
especial a los magistrados de la Corte Suprema en planificación y gestión.
1.6.
Fortalecer a la administración
del Poder Judicial para que desarrolle planes estratégicos y operativos.
2.
Un proceso de reforma consensuado
La
Falta de coordinación entre los operadores del sistema de justicia penal genera
serios problemas en el tratamiento de los procesos y los problemas derivados de
la operatividad en la investigación de los delitos, tal necesidad de
coordinación en modo alguno debe significar la pérdida de la competitividad que
debe existir en dichas instituciones, ni la adopción de políticas públicas
propias o inherentes a la naturaleza de sus respectivas funciones.
Acciones:
2.1.
Difundir públicamente los
planes de reforma de la justicia penal y especialmente en el portal de internet
del Poder Judicial.
2.2.
Generar plataformas de diálogo
con los diversos operadores y organizaciones de la sociedad civil.
2.3.
Instituir mecanismos de
coordinación con el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y la Policía
Nacional.
2.4.
Celebrar convenios o alianzas
estratégicas con organizaciones e instituciones que vienen trabajando con el
tema de la reforma de la justicia, especialmente con el Consorcio Justicia
Viva.
2.5.
Constituir una mesa de trabajo
con la Comisión de Justicia del Congreso de la República para sustentar y
viabilizar las iniciativas legislativas de la Sala Plena de la Corte Suprema
con relación a la reforma procesal penal.
2.6.
Realizar conversatorios y
talleres con los medios de comunicación social para explicar el proceso de la
reforma penal y su evaluación.
2.7.
Colocar el tema de la reforma
procesal en la agenda política y pública.
2.8.
Realizar talleres de inducción
sobre el proceso de reforma de la justicia penal con la participación de
magistrados, funcionarios, personal judicial y otros operadores de justicia.
2.9.
Explicitar las políticas
públicas que prioricen una respuesta judicial e imagen adecuada frente a casos
criminales de trascendencia social y nacional, especialmente en los de
asesinato, violación sexual, violencia familiar, secuestro, robos cometidos por
organizaciones criminales, terrorismo, extorsión, narcotráfico y contra la
administración pública.
2.10.
Reconocimiento ciudadano de
liderazgo del Poder Judicial en el proceso de reforma.
2.11.
Coordinar con el Consejo
Nacional de la Magistratura y la Academia de la Magistratura el perfil del
magistrado, seleccionamiento y formación de los magistrados que genere la
reforma procesal penal.
2.12.
Coordinar con la Academia de la
Magistratura una capacitación no tradicional, la elaboración de una base de
datos de jurisprudencia y manuales operativos.
3.
Impulso y participación en la elaboración del nuevo Código
Procesal Penal
El
actual modelo procesal penal es predominantemente inquisitivo y altamente
formalizado, que se expresa en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y
demás leyes modificatorias y especiales, el mismo que fue promulgado antes de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los
Derechos Civiles y Políticos, la
Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Política del Perú de
1993, motivo por el cual sus normas colisionan con dichos instrumentos
internacionales y nuestra Ley Fundamental, las que por el contrario apuntan a
un modelo procesal distinto.
Vulneración
del debido proceso, el 80% de los procesos se realizan sin oralidad ni
publicidad, y con el quebranto del derecho a un juez imparcial. Es el caso de
los llamados procesos penales sumarios, regulados por el Decreto Legislativo N°
124 y sus modificatorias. En dichos procesos el juez que instruye también tiene
la facultad de emitir fallo. El proceso es escrito y no hay publicidad, salvo
en el momento de la lectura de sentencia. Se delegan frecuentemente las
funciones jurisdiccionales en los secretarios y auxiliares jurisdiccionales.
Acciones:
3.1.
Elaborar las Bases de la Reforma Procesal Penal y las normas de
implementación del nuevo Código Procesal Penal, labor que estará a cargo de la
Comisión de Bases de la Reforma Procesal Penal.
3.2.
Las Bases de la Reforma Procesal Penal será sometida a consideración de
la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República y será sustentada
por el representante del Poder Judicial ante la Comisión de Alto Nivel para la
revisión del Código Procesal Penal creada por Decreto Supremo N° 005-2003-JUS.
3.3.
Difusión de las Bases de la Reforma Procesal Penal a través de
conferencias, talleres, conversatorios, medios de comunicación, universidades,
etcétera.
3.4.
Publicar las Bases de la Reforma Procesal Penal y entregarlas a todos los
magistrados de la República.
4.
Modificaciones al marco normativo vigente
Acciones:
4.1.
Elaborar un proyecto de ley que modifique y/o suspenda determinadas
normas y capítulos de la actual Ley Orgánica del Poder Judicial para poder
viabilizar reformas sustanciales en cuanto a la organización y la gestión
judicial.
4.2.
Realizar un análisis del actual Código de Procedimientos Penales, las
modificaciones que se han venido haciendo en partes y las propuestas, todavía
en vacancia legal (cuadro comparativo).
4.3.
Formular un Proyecto de ley para rediseñar la competencia de las Salas
Penales de la Corte Suprema, en donde se asigne a dichos órganos
jurisdiccionales una labor eminentemente normofiláctica y no se atiborren con
más de ocho mil procesos al año.
4.4.
Impulsar el desarrollo de un plan de emergencia judicial y de transición
procesal que permita descongestionar los despachos judiciales involucrados en
la reforma procesal, mediante la formulación de proyectos de ley y resoluciones
administrativas:
4.4.1. Presentar un proyecto de
ley para reducir los plazos de prescripción de los delitos de menor gravedad o
lesividad social, ya que existen miles
de procesos reservados por tales delitos que generan una sobrecarga procesal
que impide dedicar los escasos recursos del Poder Judicial a la atención de las
causas por delitos graves y de impacto social.
4.4.2. Formular un proyecto de
ley para optimizar la aplicación del principio de oportunidad previsto en el
art. 2° del CPP e introducir los supuestos delictivos que afecten bienes
jurídicos disponibles, de modo tal que se pueda racionalizar la carga procesal
que soporta actualmente el sistema de justicia penal.
4.4.3. Presentar un proyecto de
ley para modificar el art. 77° del Código de Procedimientos Penales, respecto a
la causa probable y prueba indispensable, debe propiciar una política de
selección de los casos penales que deben ingresar al sistema penal, dada la
actual capacidad de funcionamiento de la administración de justicia y la
necesidad de priorizar la atención para los casos de mayor relevancia social.
4.4.4. Presentar un proyecto de
ley que modifica el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 124 Proceso Penal
Sumario, por el cual se prohibe la tramitación de recusaciones, excepciones y
otros medios de defensa cuando ya se ha notificado al acusado para la audiencia
pública de lectura de la sentencia, la finalidad que se persigue es la
agilización de los miles de procesos penales sumarios y evitar la impunidad por
la frustración de la lectura de las sentencias y el paso del tiempo
(prescripción).
4.4.5. Presentar un proyecto de
ley de celeridad de los juicios orales que regula el Código de Procedimientos
Penales, para evitar la dilación y pérdida de tiempo de las audiencias por las
articulaciones, recusaciones, escritos y lecturas tediosas de las actas, con
ello se logrará una agilización de los juzgamientos, sobre todo de los reos en cárcel,
y se daría una imagen renovada de la eficiencia en los juzgamientos.
4.4.6. Presentar un proyecto de
ley que instaure los juicios rápidos para los casos de flagrancia y confesión
del imputado, con ello se persigue de un lado, un juzgamiento célere y oportuno
para los procesados, y de otro, la percepción ciudadana, y en especial de la
víctima, que los procesos reciben una respuesta adecuada y pronta, así como un
mensaje de reducción de la impunidad.
4.4.7. Elaborar un proyecto de
ley para poner en vigencia el capítulo del Código Procesal Penal relativo a la
sentencia de absolución anticipada, con ello se logrará que sólo se lleven a
juicio oral aquellos casos en los que exista un acervo probatorio que sustente
la acusación fiscal.
4.4.8. Elaborar un proyecto de
ley para incorporar la figura de la suspensión del procedimiento, conforme al
cual en los delitos sancionados con pena privativa de libertad no mayor de 4
años u otro tipo de pena el procesado pueda solicitar que se suspenda el
proceso bajo determinadas condiciones, entre ellas reparar el daño ocasionado.
Este tipo de procedimiento tiene dos impactos directos: de un lado, simplifica
el proceso, es una salida alternativa a la pena y favorece al imputado, y de
otro, beneficia a la víctima, en la medida que es resarcida prontamente, se
resuelve el conflicto social y se restablece la paz.
4.4.9. Elaborar un proyecto de
ley para ampliar y optimizar la aplicación de la terminación anticipada del
proceso, procurando resolver el problema de los acuerdos parciales.
4.4.10. Preparación de un
proyecto de ley para introducir el decreto penal de condena para delitos
sancionados con penas distintas a la privativa de libertad, con dicha figura se
procura una descarga procesal respecto de delitos de menor lesividad social y
que tampoco requieren una instrucción formal.
4.4.11. Elaborar un proyecto de
ley sobre condena en contumacia para delitos que no superen los 4 años de pena
privativa de libertad, esta ley permitiría poner fin a miles de procesos
reservados y hacer efectiva la pretensión de las víctimas, así como evitar la
sensanción de impunidad.
4.4.12. Elaborar un proyecto de
ley sobre beneficios penitenciarios, que permita un mayor acceso a la justicia
y un tratamiento diferenciado entre los reos primarios y los que anteriormente
gozaron de beneficios penitenciarios y los quebrantaron.
4.4.13. Elaborar un proyecto de
ley orgánica para incorporar nuevamente a la administración de justicia a los
Juzgados de Ejecución Penal, que no sólo conozca sobre los beneficios
penitenciarios, sino también que ejerzan la vigilancia penitenciaria, es decir
que resuelvan sobre los derechos y las infracciones previstas en el Código de
Ejecución Penal.
4.4.14. Poner en vigencia la
Resolución Administrativa que dispone la revisión en grado de apelación de los
procesos penales sumarios por Tribunales Unipersonales, sin que ello signifique
crear nuevos órganos jurisdiccionales, sino que se agiliza la tramitación en
segunda instancia para los procesos por delitos menos graves.
4.4.15. Presentar ante la Sala
Plena de la Corte Suprema un proyecto de Circular o Directiva con la finalidad
de agilizar los procesos penales y evitar distorsiones en la aplicación de la
ley procesal penal.
4.4.16. Emitir una circular o
directiva para que los abogados interroguen directamente a los testigos en los
juicios orales.
4.4.17. Elaborar un proyecto de
Decreto de Urgencia para la declaración de emergencia en cuanto a la
contratación de personal.
5.
Cambio de la cultura judicial
El
sistema de justicia penal peruano se caracteriza por tener una cultura judicial
y prácticas inquisitivas y ritualistas, el sistema judicial más que los jueces
tiene un bien construido andamiaje inquisitivo, el cual moldea al juez más bien
intencionado en un cambio de cultura, los roles y funciones entre jueces y
fiscales están confundidos y superpuestos, en la etapa de instrucción ambos
magistrados realizan actividad persecutoria, ya que los dos buscan las pruebas
de cargo contra el imputado, de modo tal que no hay un control de la
investigación por un tercero imparcial ni la adecuada protección de los derechos
fundamentales del procesado. En el juicio oral, los Vocales con frecuencia
sustituyen al Ministerio Público proponiendo la práctica de pruebas de oficio.
El ritualismo llega al exceso que en las audiencias, que deben ser orales, los
magistrados aceptan y mandan a leer sendos escritos de las partes, así como se
da lectura dos veces a los instrumentos que se incorporan al acervo probatorio,
entre otros tantos ejemplos.
Acciones:
5.1.
Crear mecanismos y foros para el fortalecimiento y
defensa de la independencia judicial, tanto externa como interna.
5.2.
Llevar a cabo talleres participativos para comprometer
a los jueces con el manejo de la eficiencia de la organización, la
implementación de los cambios y la reducción de la mora judicial.
5.3.
Realizar talleres para identificar los valores,
habilidades y actitudes de la organización judicial y las propuestas de cambio.
5.4.
Ejecutar programas de formación de formadores entre
los jueces.
5.5.
Abrir el sistema de justicia penal hacia la ciudadanía
mediante la comunicación pública de sus políticas y programas, así como la
transparencia de la gestión (uso del portal del Poder Judicial). Transparencia
en los casos penales (relativización de la reserva de la investigación),
necesidad de voceros judiciales o comunicadores.
5.6.
Emitir una circular o directiva en el Poder Judicial
por la que se disponga que los jueces y personal judicial están obligados a
emplear en las resoluciones, documentos y actas judiciales un lenguaje claro y
coloquial, que sea comprendido por los usuarios del servicio de justicia.
5.7.
Instituir nuevas prácticas judiciales en la
administración de las causas y audiencias, compatibilizándolas con el rol
constitucional y legal que corresponde a los jueces, con eficacia y eficiencia.
5.8.
Replantear el modo de razonar y argumentar de los
jueces, pasando de una cultura de legalismo a una que privilegie los valores
constitucionales y los principios.
5.9.
Capacitar a los jueces en la construcción de
estándares de solución al caso concreto, análisis de credibilidad de la prueba,
manejo del debate oral.
5.10. Capacitación gerencial, sustantiva y procesal de jueces y personal clave de los despachos