COMISION ANDINA DE JURISTAS
     
 

Relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo

Presentación del Gabinete o de los ministros ante el Congreso

Bolivia

Los Ministros de Estado pueden concurrir a los debates de cualesquiera de las Cámaras, debiendo retirarse antes de la votación.

Luego de que el Congreso abra sus sesiones, los Ministros presentarán sus respectivos informes acerca del estado de la administración.

Chile

Los Ministros podrán, cuando lo estimaren conveniente, asistir a las sesiones de la Cáón pueden, sin embargo, rectificar los conceptos emitidos por cualquier diputado o senador al fundamentar su voto.

Colombia

Los ministros, en relación con el Congreso, son voceros del Gobierno, presentan a las cámaras proyectos de ley, atienden las citaciones que aquellas les hagan y toman parte en los debates directamente o por conducto de los viceministros.

Los ministros y los directores de departamentos administrativos presentan al Congreso, dentro de los primeros quince días de cada legislatura, informe sobre el estado de los negocios adscritos a su ministerio o departamento administrativo y sobre las reformas que consideren convenientes.

Las cámaras pueden requerir la asistencia de los ministros.

Ecuador

Los ministros deben informar al Congreso Nacional, anualmente y cuando sean requeridos, sobre los asuntos a su cargo.

Pueden, además, asistir a las sesiones del Congreso Nacional y participar en los debates, con voz pero sin voto, en asuntos de interés de su ministerio.

Perú

El Consejo de Ministros en pleno o los ministros por separado pueden concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates con las mismas prerrogativas que los parlamentarios, salvo la de votar si no son congresistas.

Concurren también cuando son invitados para informar.

El Presidente del Consejo o uno, por lo menos, de los ministros concurre periódicamente a las sesiones plenarias del Congreso para la estación de preguntas.

Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza.

Venezuela

ías de cada año, una memoria razonada y suficiente sobre la gestión del despacho en el año inmediatamente anterior, de conformidad con la ley.

Los Ministros o Ministras tienen derecho de palabra en la Asamblea Nacional y en sus comisiones. Podrán tomar parte en los debates de la Asamblea Nacional, sin derecho al voto.

La aprobación de una moción de censura a un Ministro o Ministra por una votación no menor de las tres quintas partes de los o las integrantes presentes de la Asamblea Nacional, implica su remoción. El funcionario removido o funcionaria removida no podrá optar al cargo de Ministro o Ministra, de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva por el resto del período presidencial.

 

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