| Ser
boliviano de origen y haber cumplido los deberes militares.
Tener treinticinco años
de edad cumplidos al día de la elección.
Estar inscrito en el Registro
Cívico.
Ser postulado por un partido
político o por agrupaciones cívicas representativas
de las fuerzas vivas del país, con personería jurídica
reconocida, formando bloques o frentes con los partidos políticos.
No haber sido condenado a
pena corporal, salvo rehabilitación concedida por el Senado;
ni tener pliego de cargo o auto de culpa ejecutorias; ni estar
comprendido en los casos de exclusión y de incompatibilidad
establecidos por la ley. |