COMISION ANDINA DE JURISTAS
     
 

Poder Ejecutivo

Reelección presidencial

Bolivia

El Presidente puede ser reelegido por una sola vez después de transcurrido cuando menos un período constitucional. Ningún ciudadano puede ejercer la Presidencia por más de dos períodos constitucionales.

Chile

No hay reelección inmediata

Colombia

No hay reelección

Ecuador

No se contempla en la Constitución

Perú

Ley Nro. 27365, publicada el 5 de noviembre de 2000, expide la Ley que Ley de Reforma Constitucional que Elimina la Reelección Presidencial Inmediata.

Venezuela

El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido, de inmediato y por una sola vez, para un período adicional.

 

  Esta Página Web ha sido elaborada por la Comisión Andina de Juristas. Agradeceremos sus sugerencias y comentarios al E-mail: postmast@cajpe.org.pe